Este contrato regula exclusivamente el uso del dispositivo tVNS en el marco del modelo "Try-It" (opción de arrendamiento con opción a compra).
Se aplicará de forma complementaria a las Condiciones Generales de Contratación (CGC) de tVNS Technologies GmbH (versión: mayo de 2026).
En caso de contradicción, el presente contrato prevalecerá sobre las Condiciones Generales de Contratación.
1) Objeto del contrato, ámbito de aplicación y zona de uso
(1) El presente contrato regula la cesión de un dispositivo tVNS nuevo en el marco del modelo "Try-It" (opción de arrendamiento con opción a compra). Este modelo combina una fase de uso limitada en el tiempo con una opción de compra opcional al finalizar el periodo de prueba.
(2) El vendedor (tVNS Technologies GmbH, en lo sucesivo, el "Vendedor") cede al cliente el uso del dispositivo por un periodo de prueba de 180 días naturales a cambio del pago de una tarifa única de uso.
(3) A los efectos del presente contrato, se entenderá por "Zona de uso" exclusivamente los siguientes Estados y territorios en los que el dispositivo podrá ser operado, utilizado y custodiado durante la vigencia del contrato:
(4) Quedan excluidos expresamente de la zona de uso Andorra, así como todos los Estados no incluidos en la relación del apartado 3. Los clientes cuya dirección de entrega se encuentre fuera de la zona de uso quedan excluidos del modelo "Try-It".
2) Precios, vencimiento y condiciones de pago
(1) La tarifa de uso para el periodo de prueba de 180 días asciende a 1.500 EUR brutos (incluyendo el 19 % de IVA alemán como valor de referencia; el tipo impositivo real se determinará en función del país de entrega de acuerdo con el procedimiento de ventanilla única u OSS). Este importe será exigible inmediatamente tras la celebración del contrato.
(2) Si el cliente opta por adquirir el dispositivo tras la finalización del periodo de prueba, devengará una cuota de compra adicional por importe de 2.000 EUR brutos (incluyendo el 19 % de IVA como valor de referencia). El precio total de compra ascenderá, por tanto, a 3.500 EUR brutos (incluyendo el 19 % de IVA).
(3) Advertencia sobre precios: Los precios brutos indicados en este contrato (1.500 EUR, 2.000 EUR, 3.500 EUR) son valores de referencia basados en el 19 % del Impuesto sobre el Valor Añadido alemán. El tipo de IVA finalmente aplicable se regirá por el tipo impositivo vigente en el país de entrega (procedimiento OSS). El importe total que se muestre de forma definitiva al finalizar el proceso de compra (checkout) constituirá el precio de compra vinculante. En el caso de entregas en el Reino Unido, Suiza y Noruega, el suministro se realizará neto; los eventuales aranceles e impuestos de importación correrán a cargo del cliente.
(4) PayPal y la transferencia bancaria directa son las únicas formas de pago permitidas.
(5) La mora de pago se producirá automáticamente, sin necesidad de requerimiento previo de pago, si un pago debido no es liquidado dentro de los 14 días naturales siguientes a su respectiva fecha de vencimiento. A partir del primer día de demora, se devengarán intereses de demora en la cuantía legal establecida (§ 288 del Código Civil alemán - BGB), así como los costes razonables de requerimiento de pago.
3) Reserva de dominio
A) Disposiciones aplicables a todos los clientes (consumidores y empresarios)
(1) El dispositivo seguirá siendo propiedad exclusiva del Vendedor hasta el pago íntegro del precio total de compra (3.500 EUR brutos).
(2) El cliente no está autorizado a pignorar, ceder en garantía, enajenar, gravar de cualquier otro modo ni transmitir el dispositivo durante la fase de prueba o antes del pago íntegro del mismo. Cualquier infracción de esta disposición facultará al Vendedor a exigir la restitución inmediata del dispositivo.
B) Disposiciones complementarias aplicables exclusivamente a empresarios (§ 14 del BGB)
(3) Para los empresarios se aplicará de forma complementaria una reserva de dominio ampliada: la propiedad del dispositivo se extenderá hasta la liquidación de la totalidad de las reclamaciones y créditos presentes y futuros del Vendedor derivados de la relación comercial (reserva de cuenta corriente). Esta reserva se mantendrá aun cuando determinados créditos individuales se hubieran incluido en una cuenta corriente.
(4) Si el empresario, en el ejercicio de su actividad comercial, combina, mezcla o procesa el dispositivo con otros objetos, el Vendedor adquirirá la copropiedad del nuevo objeto en proporción al valor del dispositivo sujeto a reserva de dominio respecto al valor de los demás objetos utilizados en el momento de la combinación o mezcla (cláusula de transformación o procesamiento).
(5) Si el empresario revende el dispositivo en el marco de su actividad comercial, el empresario cede por la presente al Vendedor, a título de garantía y en su totalidad, el crédito derivado del precio de compra frente al tercer adquirente. El Vendedor acepta dicha cesión. El empresario seguirá autorizado para la recaudación del crédito siempre que cumpla con sus obligaciones de pago frente al Vendedor. En caso de demora en el pago, el Vendedor estará facultado para revocar la autorización de recaudación y proceder directamente contra el tercer adquirente (reserva de dominio prolongada).
(6) El empresario viene obligado a poner de manifiesto la reserva de dominio del Vendedor frente a terceros y a notificar de inmediato al Vendedor si el dispositivo fuera objeto de embargo o de cualquier otra reclamación por parte de terceros.
4) Periodo de prueba, devolución y opción de compra
(1) El periodo de prueba comenzará el día de la entrega del dispositivo al cliente y finalizará transcurridos 180 días naturales.
(2) Tras la expiración del periodo de prueba, el cliente deberá ejercitar una de las siguientes opciones dentro de un plazo de 14 días naturales:
(3) Si el cliente no ejercitase ni la opción de devolución ni la de compra dentro del plazo de 14 días tras la finalización del periodo de prueba, se considerará que el dispositivo ha sido adquirido. En este caso, la cuota de compra por importe de 2.000 EUR brutos pasará a ser exigible de forma automática e inmediata. El Vendedor estará facultado adicionalmente, a su entera discreción y de forma alternativa, a exigir la devolución del dispositivo a expensas del cliente, así como a reclamar una indemnización por daños y perjuicios por el uso posterior no autorizado.
(4) Será posible adoptar una decisión de compra anticipada (antes de que expiren los 180 días) en cualquier momento. La tarifa de uso ya abonada se imputará al precio total de compra.
5) Obligaciones del cliente durante la fase de uso
(1) El cliente viene obligado a utilizar el dispositivo exclusivamente de conformidad con las instrucciones de uso adjuntas.
(2) El cliente deberá tratar el dispositivo con el debido cuidado y protegerlo contra daños, humedad y almacenamiento inadecuado.
(3) Las reparaciones e intervenciones técnicas solo podrán ser realizadas exclusivamente por el Vendedor o por los centros autorizados por este. Las intervenciones por cuenta propia darán lugar a la pérdida de los derechos de garantía y podrán fundamentar reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios por parte del Vendedor.
(4) En caso de pérdida o daño irreparable del dispositivo durante la fase de uso, el cliente vendrá obligado a abonar el precio de compra íntegro (3.500 EUR brutos). La tarifa de uso ya abonada se computará a tal efecto.
6) Derecho de desistimiento y exclusión por motivos de higiene
(1) Los consumidores ostentan un derecho legal de desistimiento de 14 días a contar desde la entrega del dispositivo, de conformidad con los artículos 355 y siguientes del BGB. La información completa sobre el desistimiento se encuentra disponible en la página web del Vendedor.
(2) Conforme al artículo 312g, apartado 2, n.º 3 del BGB, el derecho de desistimiento queda excluido para los electrodos y demás accesorios de higiene cuyo precinto de protección haya sido abierto tras la entrega o que hayan sido utilizados. La exclusión se limitará exclusivamente a los artículos de higiene afectados en cada caso, y no se extenderá automáticamente a la totalidad del conjunto del dispositivo.
(3) Si, en virtud de un acuerdo de cortesía o solución comercial (Kulanz), se aceptase la devolución de un dispositivo o accesorio con electrodo a pesar de haber sido utilizado o de haberse abierto el precinto, el Vendedor se reserva el derecho de retener una cantidad a tanto alzado de 250 EUR brutos en concepto de depreciación por motivos de higiene. Se reserva al cliente el derecho a probar la existencia de un daño inferior.
7) Garantía
(1) Para los Consumidores se aplicarán sin restricciones los derechos legales de garantía por vicios de conformidad con los §§ 434 y siguientes del BGB.
(2) En el caso de materiales consumibles (en particular, electrodos), no existirá responsabilidad alguna por daños derivados del desgaste normal, del uso no conforme a lo previsto o de una manipulación inadecuada. Esto se aplicará en particular a las roturas de cables y fallos de contacto resultantes de fatiga o carga mecánica.
8) Rescisión y terminación anticipada
(1) No es posible la rescisión ordinaria de este contrato por parte del cliente durante la fase de prueba. El derecho legal de desistimiento no se verá afectado.
(2) El Vendedor estará facultado para proceder a la rescisión extraordinaria y a la reclamación de restitución inmediata del dispositivo cuando:
(3) En caso de rescisión extraordinaria, el cliente vendrá obligado a la devolución inmediata del dispositivo a su costa. La tarifa de uso ya abonada no será objeto de devolución.
9) Disposiciones finales
(1) Las modificaciones o adiciones al presente contrato requerirán la forma escrita. Esto se aplicará igualmente a la supresión de esta cláusula de forma escrita.
(2) Si alguna de las disposiciones de este contrato fuera o deviniera ineficaz, ello no afectará a la validez del resto del contrato. La disposición ineficaz deberá ser sustituida por una regulación válida que se aproxime lo máximo posible a la finalidad económica de la disposición ineficaz.
(3) Se aplicará el derecho de la República Federal de Alemania, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG). En los contratos celebrados con consumidores de otros Estados miembros de la UE, las disposiciones imperativas de protección al consumidor del país de residencia del cliente no se verán afectadas, de conformidad con el art. 6 del Reglamento Roma I.
(4) El fuero exclusivo para todos los litigios derivados de este contrato o relacionados con el mismo será Erlangen, siempre que el cliente sea comerciante (Kaufmann), persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público. Para los consumidores, se aplicará con carácter imperativo el fuero legal correspondiente al domicilio del consumidor.
El presente contrato se celebra de forma electrónica a través del proceso de pedido en la tienda en línea.